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Ley 25: conoce el estatuto que usó para quedar en libertad el imputado de asesinar a mujer en Manatí

La medida le permite a un confinado solicitar un pase extendido por casos de condiciones médicas terminales. Mientras, el Departamento de Corrección confirmó que se le colocaron grilletes a los 21 participantes.

26 de abril de 2024 - 5:06 PM

En la actualidad, hay 21 miembros de la población correccional que están libres tras obtener un pase extendido por condiciones de salud que cumplen con las definiciones contenidas en la ley. (Shutterstock)

La excarcelación del convicto Hermes Ávila Vázquez, imputado del feminicidio de Ivette Joan Meléndez Vega ocurrido el domingo en Manatí, puso en tela de juicio la Ley 25-1992, que permite a reclusos obtener un pase extendido a la libre comunidad.

Ávila Vázquez, quien fue sentenciado el 15 de junio de 2005 a cumplir 122 años de prisión por el asesinato de la terapista Celia López García, de 28 años, en Caguas, fue liberado en el 2023, a pesar de su abultado expediente criminal, tras someter con éxito una solicitud al amparo de la Ley 25.

Pero, ¿qué dispone la Ley 25-1992, o la Ley para el Egreso de Pacientes de SIDA y de Otras Enfermedades en su Etapa Terminal que Están Confinados? ¿Cuál es el proceso que deben seguir los confinados para conseguir el pase extendido? ¿Quién lleva a cabo el proceso de evaluación?

En la actualidad, hay 21 miembros de la población correccional que están libres tras obtener un pase extendido por condiciones de salud que cumplen con las definiciones contenidas en la ley. Tras el asesinato de Meléndez Vega, la secretaria del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR), Ana Escobar Pabón, ordenó que se le colocaran grilletes electrónicos a todos los convictos que ostentan el privilegio.

“Cuando se sentencia a alguien a 20, 30, 40 años de prisión, hay veces que por problemas de salud se incapacitan severamente o tienen alguna enfermedad terminal. Por cuestión de compasión, muchos estados y territorios, (y) Puerto Rico es uno de ellos, permiten lo que se llama un ‘compassionate release’”, dijo a El Nuevo Día el presidente del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico, Manuel Quilichini.

“Esta familia está devastada”: profundo luto por el feminicidio de Ivette Joan Meléndez Vega en Manatí

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“Está podrido”, expresó un amigo de la mujer sobre Hermes Ávila Vázquez, imputado de asesinarla tras salir de la cárcel en 2023 por una alegada condición de salud, pese a que tenía cadena perpetua en prisión por otro feminicidio.

Pero, eso está estrictamente regulado. En Estados Unidos casi nunca se aprueba. ¿Por qué? Porque tienes que tener una enfermedad en etapa terminal. ¿Qué quiere decir? Que le quedan seis a doce meses de vida. De hecho, en la industria, usualmente, usan seis meses, pero eso no es predecible”, explicó el licenciado, quien dirigió, del 2004 al 2018, la Oficina de Salud Correccional que evalúa dichas solicitudes y recomienda o no la excarcelación.

La Ley 25 dispone que todo confinado en una institución correccional a quien le haya sido diagnosticado el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA), en su etapa terminal o cualquier otra enfermedad en su etapa terminal será egresado si cumple con varias condiciones.

“En el caso de Hermes Ávila Vázquez, en el 2016, por ejemplo, nos demandó porque él entendía que merecía el pase. Demanda a Corrección, nos demanda a nosotros y entonces los tribunales deciden. En el caso de él, el tribunal decidió que no tenía derecho al pase extendido en el 2016″, mencionó Quilichini.

A su entender, la condición de paraplejía -que alegó Ávila Vázquez que padecía, según documentos judiciales del 2016- “no es una condición severa incapacitante”. Reiteró que la ley está dirigida a atender miembros de la población correccional con enfermedades terminales.

“Hicimos la evaluación en el 2016. Él (Ávila Vázquez) pide el pase porque estaba en silla de ruedas, pero a nosotros nos llegó información de que los guardias lo habían visto parado y caminando. Lo que pasa es que nosotros (los médicos) no entrevistamos a nadie. Eso le hubiese correspondido a Corrección. Nosotros lo que hacemos es mirar el récord (médico)”, agregó el presidente del Colegio.

“He oído en la prensa que Corrección o Physician (Correctional) dicen que él tenía una condición progresiva, que estaba perdiendo capacidad en las manos y que el tipo tenía una silla de ruedas eléctrica. Por ende, se podía mover, no había que sacarlo, (porque) ya le habían hecho el acomodo. Yo lo hubiese dejado más tiempo hasta que no pudiese manejar la silla. A mí me está todo asombroso porque, nuevamente, bajo los estándares (bajo los) que nosotros operábamos, esta persona no hubiese salido”, dijo.

Hermes Ávila Vázquez de 52 años, enfrenta cargos de feminicidio, hurto de un vehículo, destrucción de evidencia y violación al artículo 6.6 (posesión de un arma blanca) de la Ley de Armas.
Hermes Ávila Vázquez de 52 años, enfrenta cargos de feminicidio, hurto de un vehículo, destrucción de evidencia y violación al artículo 6.6 (posesión de un arma blanca) de la Ley de Armas. (Suministrada Policía)

Cómo inicia el proceso

Según los datos provistos por el DCR a El Nuevo Día, un miembro de la población correccional puede solicitar, a tenor con la Ley 25, una evaluación médica inicial a través del técnico sociopenal o médico de la institución.

Luego, el médico institucional realiza la evaluación, cumplimenta por escrito la misma y la refiere al panel médico, que evalúa el caso y emite una recomendación. El panel está compuesto por un infectologo, un internista, un médico especialista y por el director médico, dijo la agencia.

Posterior a ello, la recomendación por escrito del panel médico se recibe en la Oficina de Programas Desvíos. Si el confinado o confinada recibe una recomendación favorable para su salida por Ley 25, entonces se solicita a la unidad sociopenal de la institución la información necesaria.

Como parte de los datos, según el DCR, se incluye el informe de evaluación, así como el plan de salida propuesto con la liquidación de sentencia. Además, se refiere para investigación del Negociado de Comunidad para conocer la opinión de las personas con las cuales el miembro de la población correccional convivirá.

“Si cualifica (para el pase) se hace una recomendación detallada al DCR porque el médico no conoce los “‘issues” (situaciones) de seguridad. No ven el récord penal ni nada. Cuando llega a Corrección, entonces hacen una evaluación desde el punto de vista de seguridad”, dijo Quilichini.

Asimismo, el DCR precisó que se investiga el plan de salida propuesto y se refiere para notificación a la Oficina de Sección de Aviso a Victimas sobre el Estatus de Reclusos (SAVER) para notificación a las partes perjudicadas. Recibida la investigación y la certificación de notificación de las partes perjudicadas, entonces se procede a evaluar el expediente administrativo.

De acuerdo a la agencia, el proceso de evaluación de expediente administrativo es uno “completo”, por lo que, de ser viable el plan de salida, entonces se remite el contrato de participación a la institución para la orientación del miembro de la población correccional por parte del técnico sociopenal junto a la documentación que debe ser firmada por el recurso familiar o tercer custodio.

Una vez completado este proceso, el técnico sociopenal orienta al confinado y al recurso y se remite la documentación debidamente cumplimentada. Además, se remite la comunicación escrita de autorización de excarcelación dirigida al superintendente, con copia al supervisor de la unidad Sociopenal y se refiere al Negociado de Programas de Comunidad para supervisión en la comunidad.

Hermes Ávila Vázquez figura en silla de ruedas en sus fotos en el Registro de Ofensores Sexuales.
Hermes Ávila Vázquez figura en silla de ruedas en sus fotos en el Registro de Ofensores Sexuales. (Captura)

El caso de Mexicano

En el caso del rapero puertorriqueño Israel Perales Ortiz, conocido en el mundo artístico como Mexicano, quien murió en el 2015 tras batallar contra el cáncer de garganta y lengua, Quilichini explicó que “tenía una condición bien delicada y yo fui el que firmó para que se evaluase para la Ley 25″.

Cuando nosotros lo evaluamos, entendíamos que él cumplía porque no había cura. Sin embargo, este caballero, en una entrevista que le hicieron, dijo públicamente que cuando él saliera iba a matar a la persona que mató a su hija. Por esa razón, Corrección, a pesar de que nosotros le hicimos la recomendación, le denegó el pase extendido”, dijo.

Sin embargo, recordó que, según fue progresando la condición de salud, entonces se sometió nuevamente la solicitud, la cual se aprobó. El rapero murió el 23 de julio de 2015.

Controversia por enmienda

De otro lado, Quilichini rechazó la idea de que se enmiende la Ley 25 para que se defina lo que es una enfermedad terminal, o que el Departamento de Justicia tenga participación en el análisis de los pases extendidos a confinados que solicitan el beneficio mediante la Ley 25.

“La definición está en la industria de la salud. Nosotros entendemos que una enfermedad terminal es cualquier persona que va a morir entre seis y 12 meses y que no tiene cura”, puntualizó el licenciado, quien considera que, si como parte del proceso se consulta a las víctimas, no hay porqué consultar a la Fiscalía.

Cabe destacar que, a raíz del caso de Ávila Vázquez, el DCR inició una investigación cuyos hallazgos deben estar listos en 30 días. De igual manera, Justicia evaluará si se incurrió en algún delito en el proceso de excarcelación.

“Una vez concluya la investigación, estaremos en la posición de aplicar sanciones disciplinarias contra cualquier funcionario público o contratista a quien se le impute negligencia en el cumplimiento de su deber, o (que) haya incumplido con las regulaciones para atender este privilegio”, precisó el jueves la secretaria del DCR, Ana Escobar Pabón.

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